

Pedro es Socio de Argote & Sandoval Abogados y encabeza el área de Litigio Fiscal yPrevención de Lavado de Dinero. Su práctica se concentra en larepresentación de empresas y entidades públicas en controversias fiscales anteautoridades administrativas y tribunales federales, particularmente enprocedimientos derivados del ejercicio de facultades de comprobación, determinaciónde créditos fiscales, cancelación de sellos digitales e inmovilización decuentas bancarias.
Cuenta con amplia experiencia en litigio orientado a la recuperación de saldos a favor y en la impugnación de actos de autoridad que inciden en la esfera patrimonial de los contribuyentes. Su intervención integra análisis técnico de legalidad y constitucionalidad, así como la defensa en procedimientos donde convergen fiscalidad y prevención de lavado de dinero, incluyendo asuntos relacionados con actividades vulnerables y cumplimiento regulatorio.
Pedro ha participado asistiendo a clientes desde la atención de facultades de comprobación por parte de autoridades fiscales federales y locales hasta la defensa ante autoridades administrativas y jurisdiccionales (Servicio de Administración Tributaria / Tribunal Federal de Justicia Administrativa / Poder Judicial de la Federación) frente a la determinación de cualquier tipo de sanción.
Dentro del área de práctica Fiscal, Pedro también ha asesorado tanto a particulares como entidades públicas en controversias relacionadas con la devolución de impuestos, cancelación de sellos digitales e inmovilización y embargo de cuentas bancarias y bienes.
Representó a diversos Organismos Operadores de Agua Potable en distintos estados de la República en la recuperación de saldos a favor de impuestos federales mediante litigio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Representó a un grupo empresarial en la liberación de cuentas bancarias previamente inmovilizadas por autoridad fiscal, restableciendo la operatividad financiera del cliente.
Dirigió la defensa en un procedimiento sancionatorio relacionado con actividades vulnerables en materia de prevención de lavado de dinero, obteniendo resolución favorable que dejó sin efectos la determinación de la autoridad competente.